La transferencia de propiedad de embarcación o barcos de recreo y motos de agua consiste en el cambio de titularidad del barco. Un proceso administrativo que comporta dos partes:
- La presentación y pago del impuesto de transmisiones patrimoniales. Que se hace en la comunidad autónoma en la que tiene el domicilio el comprador.
- La presentación del expediente y pago de tasas en la Capitanía Marítima donde está matriculada el barco o moto náutica.
Pasos a seguir en la transferencia de propiedad de un barco de segunda mano
La compra de un barco de segunda mano conlleva una serie de pasos para comunicar el cambio de titularidad en Capitanía Marítima:
- Consultar las cargas, embargos y confirmar los datos del vendedor
- Firmar el contrato de compraventa
- Liquidar el impuesto de transmisiones
- Presentar el expediente en Capitanía
Hoja de asiento de la embarcación
La experiencia en el asesoramiento de los tramites de cambio de titularidad de barcos nos llevan a aconsejar la comprobación de algunos datos. Como son que el nombre de vendedor coincida con el titular registral del barco. Y que no pesen sobre la embarcación cargas o embargos.
El modo de comprobar esta información es con la expedición de una hoja de asiento actualizada. Teniendo en cuenta que no se pueden expedir hojas de asiento de embarcaciones inscritas ni motos náuticas. Si le interesa, puede solicitar el documento a través de nuestra asesoría náutica: Copia simple de la Hoja de asiento de barcos.
En la copia simple de la hoja de asiento también aparece el motor que tiene acoplada la embarcación.
Formalizar el contrato de compraventa.
Puede descargar modelos de contratos para compra de barcos y motos de agua en nuestra web.
Recuerde que en el contrato se deben identificar el comprador y vendedor (pueden ser varios compradores y vendedores). Y es aconsejable que aparezcan los datos de contacto; como el teléfono y la dirección.
Es muy importante que en el contrato esté identificada claramente la embarcación o moto náutica objeto de la transferencia de propiedad. Esta identificación debe ser ineludible. Por eso es aconsejable que aparezca la matrícula completa, marca, modelo, número de serie, eslora, manga y número de identificación del barco (NIB).
Del motor, es importante que en el contrato se anote la marca, modelo y número de serie del motor o motores instalados. En el caso de que el motor instalado no coincida con el motor que aparece en la Hoja de asiento, se debe solicitar el desacople del motor en Capitanía Marítima.
Impuesto de transmisiones patrimoniales
Las comunidades autónomas son las administraciones competentes para la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales. Si bien, cuando la embarcación o moto de agua procede de una herencia o regalo, corresponde la liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones.
El impuesto de transmisiones que grava a la transferencia de propiedad de embarcaciones de recreo depende de cada comunidad autónoma. Normalmente van desde un 2% a un 8%. En función de la comunidad autónoma y eslora de la embarcación. Y se calcula sobre el precio estipulado en el contrato. Si bien, el Ministerio de Hacienda publica anualmente unas tablas en las que se establecen los precios medios de mercado para algunas embarcaciones. En caso de que el precio de contrato sea inferior al calculado por tablas, el impuesto de transmisiones (ITP) se calcula sobre la base deducida de las tablas.
En nuestra página web puede comprobar el valor de las tablas de Hacienda mediante varias aplicaciones públicas.
Si quiere que nos ocupemos del impuesto de transmisiones patrimoniales (para compradores residentes en Andalucía), pida información y presupuesto escribiendo a info@tubarcoaldia.com
Anotación de la transferencia de propiedad
Tras la formalización del contrato de compraventa del barco es necesario comunicar a la Capitanía Marítima competente el cambio de titular, es lo que se conoce como Transferencia de la propiedad de una embarcación de recreo.
Documentación requerida ESCANEADA:
- Fotocopia del DNI del vendedor
- Fotocopia del DNI del comprador
- Copia original del contrato de compraventa del comprador firmado por las dos partes.
- Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 600, 620 o 621)
- Permiso de navegación
- Licencia de Estación de Barco (si tiene equipos de comunicaciones digitales)
El plazo de resolución del expediente depende de Capitanía de Matrícula. Desde Asesoría Náutica Marinos le facilitamos un documento provisional. De forma que con este documento emitido por el Ministerio y la documentación original que conserva el comprador puede navegar mientras se resuelve el expediente.
Para contratar el servicio de Transferencia de la propiedad de la Gestoría Náutica Marinos añada este producto al “carrito” y facilite los datos requeridos. En el momento en que recibamos su petición nos pondremos en contacto con usted para realizar el trámite.
Forma de pago:
- Transferencia bancaria
- Paypal
- Tarjeta bancaria
NOTA IMPORTANTE: Tubarcoaldia.com ofrece un servicio de intermediación entre el usuario y la Administración Marítima. En todo caso corresponde a la Administración la resolución del procedimiento y al solicitante la aportación de la documentación requerida y el pago de las correspondientes tasas.
Fuente: marinos.es