Los encontronazos entre humanos y animales han sido durante años una fuente recurrente de pleitos

Los tripulantes del velero Mirfak contemplaron atónitos, entre la sorpresa y el estupor, el grupo de orcas marinas que nadaba a su lado. Un marinero grabó el momento crítico, cuando uno de los inesperados compañeros de viaje arrancaba de un bocado parte del timón de la embarcación y los dejaba a la deriva. Aunque las orcas son animales pacíficos, este incidente en las costas de A Coruña no es un caso aislado. Desde mayo de 2020 hasta septiembre de 2021 se han registrado al menos 140 de estos misteriosos toques en las costas de Galicia, el Estrecho, Portugal y Francia, según el trabajo del grupo científico Orca Atlántica.

A lo largo de los siglos, los encontronazos entre animales y humanos han sido una fuente recurrente de problemas legales. El asunto de las orcas es solo un capítulo más. En estos inesperados encuentros, decidir quién debe pagar los desperfectos, estudiar la negligencia de la víctima o incluso la posible culpa de las autoridades son algunas de las dudas que surgen.

En primer lugar, hay que estudiar si el seguro debe pagar el deterioro. Cuando una orca choca con un barco (o viceversa), lo normal, explica José Pellicer, director del despacho Kennedys, es que la embarcación cuente con una póliza “a todo riesgo” y la aseguradora pague cualquier estropicio. También cubrirá los “gastos de salvamento”, en caso de que el barco deba ser remolcado.

En el argot jurídico, los choques con animales marinos son reconocidos como “peligros del mar” (perils of the seas). Pero no todos los seguros se hacen cargo de este tipo de averías. Aunque no es lo común, Guillermo Mendía, director técnico del departamento Marítimo y de Transporte de S4 Correduría de Seguros, matiza que algunas pólizas de embarcaciones de recreo no cubren estos riesgos si no están “expresamente nominados o descritos” en los contratos. Un detalle que abre la puerta a “debates interpretativos”, cuando los propietarios exigen una reparación.

En segundo término, es posible estudiar la posible responsabilidad del Estado en el asunto. La ley española es clara: los dueños de los animales deben hacerse cargo de los daños que estos ocasionen en propiedades ajenas. Los animales salvajes no tienen propietario. Sin embargo, hay una pequeña posibilidad de reclamar una indemnización de las arcas públicas si se reúnen una serie de requisitos.

No es una batalla legal sencilla. Como explica el abogado Antonio Benítez Ostos, socio director de Administrativando Abogados, los jueces solo suelen condenar a la administración pública por las averías que ocasione la fauna si se demuestra “un incorrecto ejercicio de las funciones que le asigna la normativa, o incluso una pasividad, inobservancia o inactividad” de las autoridades. Es lo que en Derecho se conoce como culpa in vigilando.

¿Es factible acusar a la Administración por no controlar las especies marinas? Las orcas son especies protegidas y reclamar una indemnización por chocar con una de ellas es, en teoría, posible, afirma Ignacio de la Riva, socio de De La Riva & Pastor Abogados. La colisión debe darse en “zonas de soberanía nacional y no en aguas internacionales” y es importante que la embarcación no incurra en ninguna irregularidad en su travesía, como “la prohibición de navegar en determinadas zonas y días”, para no interceder en las rutas migratorias de estos cetáceos, apunta el letrado.

El abogado Antonio Benítez coincide. Señala que dicha reclamación es viable si los servicios públicos “podían haber previsto la circunstancia” que causa el accidente. En otras palabras, si se pudo evitar el choque “de haber adoptado las cautelas oportunas” por parte de las autoridades.

Por su parte, Guillermo Mendía ve escasos visos de que una demanda así prospere porque la fauna marina “es difícilmente controlable”. Puede ser discutible si se trata de un riesgo más o menos estacionario o localizado, destaca el experto. Por ejemplo, si “existe un cadáver de un gran cetáceo que sea necesario balizar”, resalta.

En la histórica lucha por el dominio del territorio, multitud de disputas con animales han acabado en tribunales. Juicios donde el papel del Estado por descuidar sus deberes de control de la fauna es uno de los puntos de discusión.

Las colisiones con animales en las carreteras son un ejemplo común. “Son frecuentes los procedimientos de exigencia de indemnización por daños en vehículos a consecuencia de colisiones con animales sueltos, como toros, ciervos o vacas”, explica Antonio Benítez. La razón es que existe una normativa sectorial, la ley de tráfico, que señala la culpa de los gobernantes si no reparan una valla y los animales invaden la calzada; o si no advierten de la aparición sorpresiva de reses sueltas en las zonas de alta siniestralidad.

Asimismo, el ente público es responsable de los estropicios que causen los animales en cosechas o ganado si proceden de parques, reservas nacionales o regionales o refugios de caza de titularidad pública, recalca Ignacio de la Riva. En este sentido, el abogado reseña que “son muy frecuentes las indemnizaciones por daños de jabalíes en cosechas, que se valoran conforme a la superficie afectada”.

En cuanto a los perjuicios causados por especies protegidas, dos recientes sentencias del Tribunal Supremo avalan la indemnización a unos ganaderos por la muerte de sus cabras y ovejas por valor de hasta 12.000 euros. Ocurrió tras continuos ataques de lobos en la zona sur del río Duero, un área donde la caza de este animal está prohibida.

Sin embargo, daños de tejones o aves rapaces, especies que no cuentan con una regulación especial, no han sido reparados por el Estado “por no existir relación de causalidad entre los deterioros y la conducta de la Administración”, destaca de la Riva.

La ley prevé cuantiosas multas para aquellos que den muerte a especies protegidas como el buitre negro o el lobo en ciertas regiones. Ello no significa que los ciudadanos deban soportar los percances que estos animales causen en sus propiedades. Se trata de un escenario donde existe un “riesgo creado por la administración”, apunta José Pellicer, director de Kennedys Abogados. No son eventos fortuitos, sino escenarios “previsibles, relevantes y no consentidos”. Las autoridades, por tanto, tienen la obligación de “evitarlos o minimizarlos”. Si no lo consiguen, deben responder por los desperfectos.

Fuente: elpais.com

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